¿JUSTICIA O VENGANZA?
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¿JUSTICIA O VENGANZA?
El concepto de justicia es un concepto antropológico que surge del ser humano, ser consciente de su propia existencia, con desarrollada capacidad de raciocinio y animal social. Se trata de una especie de principio de acción- reacción. Los hechos se pueden valorar y un determinado acto ha de tener su compensación.
El sentido de justicia es inherente por tanto al propio ser humano y tiene su origen en el principio de los tiempos. Las religiones aunque, como la cristiana, nos hablen de la trascendentalidad del hombre, ya establecieron una serie de normas de comportamiento terreno y un sistema de premios y sanciones (que denominan justicia divina). Los griegos lo analizaron filosóficamente y Roma introdujo el Derecho.
Evidentemente como animales sociales e inteligentes debemos establecer una serie de normas de convivencia y cuando existan conflictos entre miembros de la sociedad debe intentar resolverlos la justicia. Simplificando un sistema judicial distingue entre asuntos de carácter civil y penal. Los primeros se pueden intentar solucionar mediante alguna compensación económica o de otro tipo, la solución penal es aun más compleja.
En el terreno penal, a partir de una determinada gravedad las sanciones se convierten en un castigo que fundamentalmente consiste en la privación de la libertad o en determinados países, incluso algunos que presumen de democráticos y respetuosos con las libertades y derechos de las personas (como EE.UU. y Japón), llegan a ejecutar a los reos.
La pena de privación de la libertad (obviemos la pena de muerte) puede tener varias finalidades. Una sería, la más progresista, la reinserción social del delincuente. Aplicando el utilitarismo, tendríamos el sentido disuasorio de la pena (aviso a navegantes) y recluir al delincuente para evitar que continúe con sus actividades. Y por último, quizá su fin más antiguo, el retribucionismo, es decir, que independientemente de los beneficios que se obtengan, cada delito ha de tener un castigo supuestamente proporcional.
La justicia penal fracasa en buena parte de sus objetivos. Quizá funcione y tenga sentido en su visión utilitarista pero no en el resto. La reinserción social, salvo contadas ocasiones, no se consigue. Ingresar en prisión a un joven delincuente suele traer como consecuencia que su estancia en la misma le suponga un doctorado en delincuenciología. Ingresar a un delincuente de cuello blanco no aporta nada en su reinserción, ya que como dice Florentino Pérez: “Del Nido está reinsertado”. El entenderla como castigo (retribucionismo) no es más que utilizar un eufemismo de la palabra venganza, dar una satisfacción fundamentalmente a los familiares de la víctima. Pero realmente no aporta nada más, los propios familiares en casos de asesinato no encuentran compensación, por duro que sea el castigo (incluso pena de muerte). Realmente lo que los familiares desearían sería algo que ya no se podría conseguir.
En cierta cantidad de ocasiones se consigue la reinserción del delincuente. Pero no creo que ninguna familia consiga ni consuelo ni satisfacción con la pena del reo, aunque en ocasiones, como en EE.UU., monten el espectáculo de ejecutarlo con testigos. No creo que aporte nada al familiar ver como agoniza el asesino condenado en firme; ni en la más civilizada Europa, que pase años y años en prisión. Por tanto, quizá, lo que realmente aportan las sanciones penales es la disuasión y apartar de la sociedad a los individuos que supongan un peligro para ella.
Escribo esto por la noticia conocida esta semana de la excarcelación del etarra Santi Potros por la Audiencia Nacional. Causa asombro observar como hasta la vicepresidenta, que sistemáticamente presume de respetar las decisiones judiciales, ha criticado dicha resolución judicial. Evidentemente tienen una clara intencionalidad electoralista para agradar a los votantes y medios afines. En un Estado de Derecho, si se quiere que se estime como tal, se han de respetar la separación de poderes y las reglas con que nos dotemos. En ocasiones los políticos, con el fin de obtener el favor del pueblo, no respetan las formas o incluso llegan a presionar a la judicatura (politizada en exceso en sus más altas instancias) para que tomen decisiones como la llamada doctrina Parot (que iba contra la propia Constitución y el sentido común como nos dijeron desde Europa).
Este individuo ha pasado 27 años en prisión y aunque ahora la abandone lo que sucederá simplemente es que no estará entre rejas, pero permanecerá en la propia cárcel mental que supone su fanatismo, y su necesidad de autoconvencerse del sentido de lo que hizo y de que su existencia no ha sido un fracaso. Para él (como para otros) conseguir realmente la libertad le supondría ver una realidad que no le va a gustar y que podría llevarle a la locura que supusieron sus actos. Digamos que en el pecado va la penitencia y hoy, que me siento hasta cristiano, diré que de lo de que realmente es digno es de compasión.
El sentido de justicia es inherente por tanto al propio ser humano y tiene su origen en el principio de los tiempos. Las religiones aunque, como la cristiana, nos hablen de la trascendentalidad del hombre, ya establecieron una serie de normas de comportamiento terreno y un sistema de premios y sanciones (que denominan justicia divina). Los griegos lo analizaron filosóficamente y Roma introdujo el Derecho.
Evidentemente como animales sociales e inteligentes debemos establecer una serie de normas de convivencia y cuando existan conflictos entre miembros de la sociedad debe intentar resolverlos la justicia. Simplificando un sistema judicial distingue entre asuntos de carácter civil y penal. Los primeros se pueden intentar solucionar mediante alguna compensación económica o de otro tipo, la solución penal es aun más compleja.
En el terreno penal, a partir de una determinada gravedad las sanciones se convierten en un castigo que fundamentalmente consiste en la privación de la libertad o en determinados países, incluso algunos que presumen de democráticos y respetuosos con las libertades y derechos de las personas (como EE.UU. y Japón), llegan a ejecutar a los reos.
La pena de privación de la libertad (obviemos la pena de muerte) puede tener varias finalidades. Una sería, la más progresista, la reinserción social del delincuente. Aplicando el utilitarismo, tendríamos el sentido disuasorio de la pena (aviso a navegantes) y recluir al delincuente para evitar que continúe con sus actividades. Y por último, quizá su fin más antiguo, el retribucionismo, es decir, que independientemente de los beneficios que se obtengan, cada delito ha de tener un castigo supuestamente proporcional.
La justicia penal fracasa en buena parte de sus objetivos. Quizá funcione y tenga sentido en su visión utilitarista pero no en el resto. La reinserción social, salvo contadas ocasiones, no se consigue. Ingresar en prisión a un joven delincuente suele traer como consecuencia que su estancia en la misma le suponga un doctorado en delincuenciología. Ingresar a un delincuente de cuello blanco no aporta nada en su reinserción, ya que como dice Florentino Pérez: “Del Nido está reinsertado”. El entenderla como castigo (retribucionismo) no es más que utilizar un eufemismo de la palabra venganza, dar una satisfacción fundamentalmente a los familiares de la víctima. Pero realmente no aporta nada más, los propios familiares en casos de asesinato no encuentran compensación, por duro que sea el castigo (incluso pena de muerte). Realmente lo que los familiares desearían sería algo que ya no se podría conseguir.
En cierta cantidad de ocasiones se consigue la reinserción del delincuente. Pero no creo que ninguna familia consiga ni consuelo ni satisfacción con la pena del reo, aunque en ocasiones, como en EE.UU., monten el espectáculo de ejecutarlo con testigos. No creo que aporte nada al familiar ver como agoniza el asesino condenado en firme; ni en la más civilizada Europa, que pase años y años en prisión. Por tanto, quizá, lo que realmente aportan las sanciones penales es la disuasión y apartar de la sociedad a los individuos que supongan un peligro para ella.
Escribo esto por la noticia conocida esta semana de la excarcelación del etarra Santi Potros por la Audiencia Nacional. Causa asombro observar como hasta la vicepresidenta, que sistemáticamente presume de respetar las decisiones judiciales, ha criticado dicha resolución judicial. Evidentemente tienen una clara intencionalidad electoralista para agradar a los votantes y medios afines. En un Estado de Derecho, si se quiere que se estime como tal, se han de respetar la separación de poderes y las reglas con que nos dotemos. En ocasiones los políticos, con el fin de obtener el favor del pueblo, no respetan las formas o incluso llegan a presionar a la judicatura (politizada en exceso en sus más altas instancias) para que tomen decisiones como la llamada doctrina Parot (que iba contra la propia Constitución y el sentido común como nos dijeron desde Europa).
Este individuo ha pasado 27 años en prisión y aunque ahora la abandone lo que sucederá simplemente es que no estará entre rejas, pero permanecerá en la propia cárcel mental que supone su fanatismo, y su necesidad de autoconvencerse del sentido de lo que hizo y de que su existencia no ha sido un fracaso. Para él (como para otros) conseguir realmente la libertad le supondría ver una realidad que no le va a gustar y que podría llevarle a la locura que supusieron sus actos. Digamos que en el pecado va la penitencia y hoy, que me siento hasta cristiano, diré que de lo de que realmente es digno es de compasión.
Fermín- BUXO
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